La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados establece en su artículo 53 que "una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que sólo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter".
Estas también normas se conocen como ius cogens o jus cogens.
Supremacía del Ius Cogens
Tal como se extrae de la definición incluía en la Convención de Viena, no pueden existir tratados que sean contrarios a las normas de ius cogens. Tomando en cuenta que los tratados, la costumbre y los principios generales tienen la misma jerarquía, tampoco es válida la costumbre o los principios que sean contrarios a las normas imperativas de derecho internacional. Por tanto, al no poder ser modificadas por normas que no tengan el mismo carácter, las normas de ius cogens son jerárquicamente superiores a otras normas del derecho internacional.
Ejemplos de normas de Ius Cogens
La Comisión de Derecho Internacional está actualmente trabajando en desarrollar la definición e identificación de las normas de Ius Cogens. En el último borrador plantearon la siguiente lista no exhaustiva de normas que tienen el carácter de ius cogens en el derecho internacional:
a) La prohibición de la agresión;
b) La prohibición del genocidio;
c) La prohibición de los crímenes de lesa humanidad;
d) Las normas básicas del derecho internacional humanitario;
e) La prohibición de la discriminación racial y el apartheid;
f) La prohibición de la esclavitud;
g) La prohibición de la tortura, y
h) El derecho a la libre determinación.
Para recibir explicaciones sencillas como esta todas las semanas, suscríbete gratis al Newsletter Estudio DDHH 1-2-3, solo debes ingresar tus datos aquí.
Comments