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  • Writer's picturePatricia Tarre Moser

Respetar y Garantizar Derechos Humanos

Updated: Jun 24, 2023

El artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que los Estados tienen la obligación de respetar y garantizar derechos humanos. Estas obligaciones aplican a cada uno de los derechos humanos establecidos en la Convención, pero ¿qué significan?


El contenido de las obligaciones de respetar y garantizar derechos humanos fue desarrollados por la Corte Interamericana en su primer caso, el caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras. Esta interpretación sigue siendo usada en cada caso resuelto por la Corte IDH.


Respetar Derechos Humanos

En el caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras, la Corte Interamericana señaló que:


165. La primera obligación asumida por los Estados Partes, en los términos del citado artículo, es la de "respetar los derechos y libertades" reconocidos en la Convención. El ejercicio de la función pública tiene unos límites que derivan de que los derechos humanos son atributos inherentes a la dignidad humana y, en consecuencia, superiores al poder del Estado. Como ya lo ha dicho la Corte en otra ocasión,


... la protección a los derechos humanos, en especial a los derechos civiles y políticos recogidos en la Convención, parte de la afirmación de la existencia de ciertos atributos inviolables de la persona humana que no pueden ser legítimamente menoscabados por el ejercicio del poder 35 público. Se trata de esferas individuales que el Estado no puede vulnerar o en los que sólo puede penetrar limitadamente. Así, en la protección de los derechos humanos, está necesariamente comprendida la noción de la restricción al ejercicio del poder estatal (La expresión "leyes" en el artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-6/86 del 9 de mayo de 1986. Serie A No. 6, párr. 21).


En este sentido, respetar derechos humanos significa que los órganos del Estados deben abstenerse de violar derechos humanos. Los órganos del Estado son aquellos que ejercen funciones estatales, ya sean del poder ejecutivo, legislativo o del poder judicial. Se incluyen, por ejemplo, las acciones de la policía y de un tribunal.


Por eso, cuando un militar tortura a una persona o un tribunal emite una sentencia discriminatoria, el Estado incumplió su obligación de respetar derechos humanos.


Garantizar Derechos Humanos

En el caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras, la Corte Interamericana señaló que:


166. La segunda obligación de los Estados Partes es la de "garantizar" el libre y pleno ejercicio de los derechos reconocidos en la Convención a toda persona sujeta a su jurisdicción. Esta obligación implica el deber de los Estados Partes de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos. Como consecuencia de esta obligación los Estados deben prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención y procurar, además, el restablecimiento, si es posible, del derecho conculcado y, en su caso, la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos.


167. La obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer posible el cumplimiento de esta obligación, sino que comparta la necesidad de una conducta gubernamental que asegure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos.


En consecuencia, la obligación de garantizar requiere que los Estados tomen acciones para evitar que ocurran afectaciones a los derechos humanos. Estas acciones deben incluir acciones para prevenir, investigar, juzgar, castigar y, de ser posible, reparar las violaciones de derechos humanos.


Esto quiere decir que los Estados para garantizar el derecho a la vida, por ejemplo, tiene que prohibir el homicidio y regular cuando los policías pueden usar armas de fuego. Si ocurre una muerte, no importa quién la haya cometido, el Estado tienen que investigar la muerte, castigar a los responsables y reparar el daño causado.


La obligación de garantiza aplica tanto para hechos cometidos por el Estado como para hechos realizados por individuos privados. Sin embargo, todas las obligaciones incluidas en la obligación de garantizar son obligaciones de medios, no de resultados. Por tanto, lo que se va a analizar es si el Estado actuó con debida diligencia para prevenir, investigar, castigar y reparar, y no si en efecto se previno, investigó, castigó y reparó.


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