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¿Qué pasa cuando un Estado denuncia la Convención Americana?

Writer: Mayren Vargas
Mayren Vargas
Nov 25, 2025
2 min read

Los Estados parte de la Convención Americana están en su derecho de salirse de la Convención y dejar de estar obligados a cumplir (denunciarla). No queremos que eso pase. Puede que internamente sea contrario a leyes o constituciones. Pero la Convención claramente establece esta posibilidad.



Requisitos de la denuncia de la CADH


El Artículo 78 de la CADH dice que un Estado puede denunciar la Convención después de que hayan pasado cinco años desde que la ratificó. Además, la denuncia empieza a tener efecto un año después de que fue comunicada al Secretario General de la OEA. Durante ese período de espera, el Estado sigue estando obligado por la Convención.



Efectos de la denuncia


Una vez la denuncia comienza a tener efecto esta solo tiene consecuencias hacia el futuro. La denuncia no borra el pasado. En general las consecuencias son:


  1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pierde competencia para declarar violaciones a la Convención sobre hechos ocurridos después de la denuncia, pero puede seguir recibiendo y tramitando casos previos.

  2.  La Corte IDH pierde competencia sobre hechos ocurridos después de la denuncia, pero puede seguir recibiendo y tramitando casos previos.

  3. Si el Estado sigue siendo parte de la OEA, la CIDH sigue teniendo competencia para declarar violaciones a la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.

  4. El Estado sigue obligado por otros tratados internacionales de derechos humanos que haya ratificado y por las normas de derecho internacional consuetudinario.


Las obligaciones de los Estados frente a una denuncia


En 2020 la Corte IDH emitió la resolución de la Opinión Consulta 26. En dicho pronunciamiento definió aspectos clave sobre las obligaciones de los Estados frente a una denuncia. La Corte desarrolló que existía una obligación de “garantía colectiva”. Esto implica que los Estados deben proteger el sistema como un todo —no solo para sí mismos, sino también para los demás— y asegurar que se cumplan las obligaciones interamericanas. En consecuencia:

  • Los otros Estados Parte deben evaluar si la denuncia ocurre en un contexto de erosión democrática o como respuesta a una resolución desfavorable de la Corte. Deben manifestar observaciones u objeciones oportunas, especialmente durante el año de transición.

  • Deber de cooperación diplomática: se insta a los Estados a actuar juntos, con buen oficio, para que el Estado denunciador considere regresar al sistema interamericano.

  • Obligaciones que subsisten: las obligaciones convencionales durante el año de


Si quieres saber más sobre la denuncia a tratados internacionales, puedes leer este Blog y ver este video.



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1 Comment


Eldridge
17 hours ago

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Sobre La Profe 

¡Hola! Mi nombres Patricia Tarre Moser. Soy abogada especialista en Derechos Humanos con más de trece años de experiencia.

 

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