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Estereotipos de género en el sistema judicial

  • Writer: Cynthia Gudiño Flores
    Cynthia Gudiño Flores
  • Mar 20
  • 4 min read

Updated: Mar 23

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha reconocido que los estereotipos de género pueden volverse un obstáculo para que las personas puedan desarrollar sus competencias personales, o impedir la protección de sus derechos.



¿Qué son los estereotipos de género?


Los estereotipos de género son preconcepciones socialmente dominantes y persistentes sobre características, conductas, atributos o roles “propios” de hombres y de mujeres. Refuerzan ideas limitantes y equivocadas sobre lo qué es ser un hombre o una mujer y están presentes en todos los ámbitos.


En el día a día, a veces sin darnos cuenta, escuchamos y repetimos frases que minimizan a las mujeres y contribuyen a perpetuar masculinidades tóxicas. Estas frases surgen de estereotipos de género. La situación es particularmente preocupante al tener estereotipos de género reflejados, implícita o explícitamente, en políticas públicas, leyes, prácticas judiciales y policiales, entre otros.


¿Cómo afectan los estereotipos de género al sistema judicial?


La Corte IDH ha señalado que el uso de estereotipos de género es causa y efecto de la violencia contra las mujeres y, aplicado en la justicia, constituye discriminación.


En el ámbito judicial, la utilización de estereotipos de género puede afectar las investigaciones y la imparcialidad de las autoridades.


Estereotipos de género en las investigaciones


Ante la ocurrencia de un delito contra una mujer, es frecuente que sea un factor determinante para la investigación la vida privada de la víctima, su forma de vestir, su vida social o sus creencias religiosas. Estas consideraciones por parte de policías o autoridades fiscales, son muestras claras de aplicaciones de estereotipos de género que, inicialmente, cierran posibles líneas de investigación y, posteriormente, favorecen la expedición de una sentencia en la que se desacredita y culpabiliza a la víctima.


En este sentido, cuando se trata de violencia de género, el uso de este tipo de estereotipos facilita un enfoque de las autoridades judiciales en las conductas de la mujer (incluso responsabilizándola por el contexto de violencia en el que se encuentra) y una indiferencia, casi completa, hacia el rol que juega el agresor. En casos de violencia sexual, por ejemplo, los estereotipos de género se identifican con absoluta claridad en la común presentación de pruebas relacionadas con los antecedentes sexuales de las víctimas -en principio, inadmisibles- pues llevan a la conducción de una investigación penal enfocada en la víctima y no en el agresor.


La ineficacia judicial que generan los estereotipos de género en casos individuales de violencia de género, se traduce en un ambiente de impunidad que facilita y promueve la repetición de hechos violentos y envía un mensaje de tolerancia y aceptación de la violencia. Esto, además de reforzar la sensación de inseguridad de las mujeres y su desconfianza en el sistema judicial.


Estereotipos de género e imparcialidad


En los casos Manuela Vs. El Salvador, Olivera Fuentes Vs. Perú y Carrión vs. Nicaragua, la Corte IDH ha señalado que la utilización de estereotipos de género atenta contra la imparcialidad de un proceso judicial.


La garantía de imparcialidad implica que la autoridad judicial que conoce el caso se aproxime a los hechos subjetivamente, sin prejuicios ni preferencias o posiciones tomadas y respetando, obviamente, la presunción de inocencia. El proceso penal debe permitir una búsqueda genuina y real de la verdad sobre lo sucedido y, en consecuencia, las autoridades que investigan los hechos deben abrir varias líneas lógicas de investigación.


Si la autoridad judicial utiliza estereotipos de género en su razonamiento y en la motivación de la sentencia que dicta, existe un elemento indicativo de falta de imparcialidad que impide un real acceso a la justicia. Por ejemplo, en el caso Manuela, el tribunal penal que la condenó por homicidio no tenía pruebas sobre el nexo de causalidad entre el actuar de Manuela y la muerte de su recién nacido. Sin embargo, basó la condena en el estereotipo de que el instinto maternal de las mujeres es buscar ayuda de inmediato para proteger a su hijo sobre todas las cosas, incluso sobre su propia salud. El tribunal consideró que Manuela no había actuado con ese instinto maternal y por eso asumió que era culpable del homicidio de su hijo, sin analizar si quiera la posibilidad de que éste muriera producto de una emergencia obstétrica. La Corte IDH determinó que esa aplicación de estereotipos es discriminatoria y contraria a la garantía de imparcialidad.


Necesidad de capacitación con perspectiva de género


Todas las personas tenemos estereotipos de género y los usamos, todos los días, de forma inconsciente. Para disminuir su efecto en la impartición de justicia, todos los funcionarios y funcionarias que participan en el sistema de justicia: fiscales, policías, autoridades judiciales y personal administrativo, deben estar debidamente capacitados para incorporar una perspectiva de género y un enfoque interseccional en su actuación.


Lamentablemente, en la práctica, el uso constante de estereotipos de género crea entornos judiciales hostiles, sin neutralidad empática, con muchas trabas para acceder a la justicia y llenos de miedo, culpa e impunidad.


Acudir a la justicia, en ninguna etapa, debería generar nuevos traumas.


El uso de estereotipos de género por parte de agentes estatales durante una investigación, enjuiciamiento o sanción, impiden la realización de un proceso imparcial y, en consecuencia, violan el derecho consagrado en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

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Sobre La Profe 

¡Hola! Mi nombres Patricia Tarre Moser. Soy abogada especialista en Derechos Humanos con más de trece años de experiencia.

 

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