top of page

Presentar demanda en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Patricia Tarre Moser

9 ene 2025

Más del 90% de las demandas presentadas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) son declaradas inadmisibles. Te cuento los pasos fundamentales y los requisitos clave para asegurar que tu demanda sea considerada por el TEDH.


Para escuchar el episodio completo dale click aquí


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es una corte supranacional encargada de velar por el respeto de los derechos humanos en los países que han ratificado el Convenio Europeo de Derechos Humanos, un tratado internacional que establece derechos humanos que los Estados se deben comprometer a respetar.


Requisitos para presentar una demanda


El artículo 35 del Convenio Europeo de Derechos Humanos establece los criterios para que una demanda sea admisible ante el Tribunal. Algunos de los requisitos más importantes son:

  • El Tribunal solo podrá ser recurrido después de agotar los recursos internos, en un plazo máximo de cuatro meses a partir de la decisión interna definitiva.

  • No se admitirán demandas individuales si:

    • Son anónimas.

    • Son esencialmente las mismas que una demanda previamente examinada por el Tribunal o sometida a otra instancia internacional sin hechos nuevos.

  • El Tribunal declarará inadmisible una demanda si:

    • Es incompatible con el Convenio o sus Protocolos.

    • Es manifiestamente infundada o abusiva.

    • El demandante no ha sufrido un perjuicio importante, salvo que el respeto a los derechos humanos lo exija.


Por otra parte, el artículo 47 del Reglamento del tribunal establece los siguientes requisitos formales que debe cumplir una demanda:


  • Ser presentada mediante el formulario de demanda, el cual debe ser llenado de forma completa. En este formulario se debe explicar los hechos y el derecho de forma concisa pero asegurándose de incluir todo lo relevante. Se debe tomar en cuenta que el formulario tiene limitaciones de espacio: tres páginas para describir los hechos y dos para explicar las violaciones de derechos.

  • En los casos en los que el demandante esté representado, deberá figurar en la casilla “Poder” del formulario la fecha y la firma original del demandante; la firma original del representante, acreditativa de que ha aceptado actuar en nombre del demandante también deberá figurar en la referida casilla. Estas firmas deben ser con bolígrafo y posteriormente escaneadas. No se acepta firma digital.

  • El demandante puede completar la información incluida en el formulario en un documento de una extensión máxima de 20 páginas. En este documento no se pueden agregar hechos o alegatos nuevos. Solo complementar.

  • El formulario de demanda deberá estar firmado por el demandante o su representante e ir acompañado de:

    • Copias de los documentos relativos a las decisiones o a las medidas denunciadas, ya sean de naturaleza judicial u otra ;

    • Copias de los documentos y decisiones que demuestren que el demandante ha agotado las vías de recursos internos y respetado el plazo exigido por el artículo 35 § 1 del Convenio;

    • En su caso, copias de los documentos relativos a cualquier otro procedimiento internacional de investigación o de acuerdo;

    • En los casos en los que el demandante sea una persona jurídica en los términos del artículo 47 § 1 (a), el documento o documentos que acredite que la persona que interpone la demanda está legitimada para actuar en representación de la persona jurídica o un poder de representación de ésta.

  • Los documentos facilitados que sustenten la demanda deberán figurar en una lista ordenada cronológicamente, ir numerados correlativamente y estar claramente identificados.

  • El demandante que no desee que su identidad sea divulgada deberá precisarlo y exponer las razones que justifiquen la derogación a la regla general de publicidad del procedimiento ante el TEDH.

  • El formulario junto con los documentos adjuntos debe ser enviado por correo postal



Episodio de Podcast

Invitada de hoy


Marta Cabrera Martín es abogada especializada en Derecho Internacional Público, Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional. Trabajó durante años como abogada asociada del bufete de abogados español Garrigues. Posteriormente se desempeñó como jurista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Posteriormente trabajó como abogada senior de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, ha sido consultora de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Es autora del libro "Procedimiento ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: teoría y práctica".



Transcripción del episodio



Recursos Adicionales 



Para recibir explicaciones sencillas como esta todas las semanas, suscríbete gratis al Newsletter Estudio DDHH 1-2-3, solo debes ingresar tus datos aquí.



PatriciaTarreProfesora.jpg

Sobre La Profe 

¡Hola! Mi nombres Patricia Tarre Moser. Soy abogada especialista en Derechos Humanos con más de trece años de experiencia.

 

Leer Más

 

  • YouTube
  • LinkedIn
  • Twitter

© 2023 Estudia Derechos Humanos

bottom of page