Patricia Tarre Moser
8 ago 2025
En este episodio conversamos con Lucía Ramírez Bolívar y Margarita Martínez Osorio, expertas en género y derechos humanos, sobre la histórica opinión consultiva de la Corte IDH que reconoce el derecho al cuidado como un derecho autónomo y los retos que esto plantea para los Estados y las políticas públicas en la región.
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó una opinión consultiva sobre el derecho al cuidado, un tema solicitado inicialmente por Argentina y que, pese al retiro de la petición por el cambio de gobierno, la Corte decidió mantener por su relevancia para la región.
El resultado es contundente: se reconoce por primera vez a nivel internacional el cuidado como un derecho autónomo, con tres dimensiones esenciales:
El derecho a cuidar en condiciones dignas.
El derecho a ser cuidado.
El derecho al autocuidado
¿Por qué es importante este reconocimiento?
Se trata de un fallo histórico que redefine las discusiones sobre el cuidado en la región y sienta precedentes globales. Entre sus principales aportes destacan:
Cuidado como trabajo: la Corte afirma que las labores de cuidado, incluso las no remuneradas, deben ser consideradas como trabajo. Esto abre la puerta a que los Estados adopten políticas para garantizar derechos laborales, seguridad social y pensiones a quienes sostienen la vida desde lo doméstico y comunitario.
Impacto económico: se reconoce que el trabajo de cuidado aporta en promedio un 20% del PIB de los países de la región, un valor invisible en las cuentas nacionales pero esencial para el funcionamiento social.
Redistribución de cargas: se enfatiza que las mujeres, en especial empobrecidas y racializadas, han cargado desproporcionadamente con el cuidado. La Corte plantea la urgencia de redistribuir estas responsabilidades entre Estado, sociedad, empresas y familias.
Licencias paritarias: se recomienda avanzar hacia licencias parentales equitativas para que la crianza deje de ser un peso exclusivo de las mujeres.
Poblaciones específicas: el fallo visibiliza cómo el cuidado afecta de forma diferenciada a las mujeres migrantes, indígenas, afrodescendientes, privadas de la libertad y buscadoras, así como a mujeres rurales y campesinas cuyo trabajo ha sido históricamente invisibilizado.
Episodio de Podcast
En este episodio conversamos sobre la opinión consultiva de la Corte Interamericana que reconoce el derecho al cuidado como derecho autónomo. Hablamos de sus tres dimensiones: cuidar, ser cuidado y autocuidado; del reto de redistribuir estas cargas y de por qué este fallo es un hito para los derechos humanos y la igualdad de género en la región.
Invitadas de hoy
Margarita Martínez Osorio es historiadora y filósofa de Bogotá, Colombia. Doctora y magíster en Historia de la Universidad de Indiana, Bloomington. Trabaja temas relacionados con la ecología política feminista, la historia agraria, la participación política de las mujeres y los derechos sexuales y reproductivos. Actualmente, es la coordinadora de la Línea de Género de Dejusticia.
Lucía Ramírez Bolívar es abogada, especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Colombia y magíster en Trabajo Social de la Universidad de Chicago. Ha trabajado en investigación, docencia y litigio en derechos humanos. En Dejusticia, fue coordinadora de temas de migración, Venezuela, y Género. Actualmente es consultora en la misma organización.
Recursos Adicionales
Video en el canal de Estudia DDHH sobre la Opinión Consultiva Derecho al Cuidado.
Opinión Consultiva 31/25 de la Corte IDH sobre el Derecho al Cuidado y su Interrelación con otros Derechos.
Resumen Opinión Consultiva 31/25 de la Corte IDH sobre el Derecho al Cuidado y su Interrelación con otros Derechos.
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