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Competencia de la Corte IDH para supervisar

Patricia Tarre Moser

21 oct 2025

En este episodio conversamos con Edward Pérez, abogado venezolano especializado en litigio internacional en derechos humanos, sobre la facultad de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para supervisar el cumplimiento de sus propias sentencias.



Para escuchar el episodio completo dale click aquí


Una de las funciones menos comprendidas, y al mismo tiempo más trascendentes, de la Corte IDH es su facultad de supervisar el cumplimiento de sus sentencias. Aunque esta competencia no aparece de forma expresa en la CADH, hoy constituye una de las piedras angulares del sistema interamericano.



Interpretación de la Convención Americana



La CADH no menciona de manera explícita que la Corte tenga la potestad de supervisar el cumplimiento de sus decisiones. Sin embargo, el artículo 65 establece que, ante un incumplimiento, la Corte debe informar a la Asamblea General de la OEA. Para poder identificar cuándo un Estado ha incumplido, resulta necesario un proceso de monitoreo y evaluación.


De esta lectura funcional nació la práctica de la supervisión de cumplimiento, que se volvió expresa a partir del caso Baena Ricardo vs. Panamá, donde el Estado cuestionó la competencia de la Corte. El tribunal respondió afirmando que sí tiene autoridad para evaluar el grado de cumplimiento de sus fallos, y desde entonces esta potestad se ejerce de forma estable y reconocida.



Una supervisión única en el mundo


La supervisión que ejerce la Corte IDH es particularmente detallada y dinámica. No se limita a revisar informes: emite resoluciones, solicita información directa, convoca audiencias, realiza visitas in situ y promueve el diálogo con diversas autoridades nacionales, incluso más allá de los ministerios de relaciones exteriores.


En comparación, los mecanismos de Naciones Unidas ofrecen un monitoreo más general, mientras que en el sistema europeo la supervisión es de carácter político, realizada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa. En cambio, la Corte Interamericana mantiene una función jurisdiccional activa, que combina el seguimiento técnico con la orientación a los Estados para alcanzar el cumplimiento efectivo de las reparaciones.



Un equilibrio delicado, pero necesario


La facultad de la Corte IDH para supervisar sus propias sentencias es una creación jurisprudencial necesaria. Sin ella, el sistema perdería su capacidad transformadora. Pero su ejercicio exige un constante equilibrio entre la eficacia y la legitimidad.


La Corte ha demostrado que puede ser innovadora y audaz, pero también que cada paso debe evaluarse con cuidado. Al final, el objetivo no es solo que las sentencias se cumplan, sino que los derechos humanos sean una realidad viva en la región.




Episodio de Podcast


Invitado de hoy


Edward Pérez es abogado experto en litigio internacional en derechos humanos. Ha participado en el litigio de más de 20 casos ante el SIDH. Trabajó en la Corte Interamericana por 5 años y actualmente está realizando su doctorado en UCL


A Edward la pueden seguir en Twitter en @EdwardJ6


Transcripción



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Sobre La Profe 

¡Hola! Mi nombres Patricia Tarre Moser. Soy abogada especialista en Derechos Humanos con más de trece años de experiencia.

 

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